jueves, 17 de septiembre de 2009

LICENCIA por PROCEDIMIENTO ORDINARIO ABREVIADO en el AYUNTAMIENTO de MADRID

PASOS DE TRAMITACIÓN DE UNA LICENCIA URBANÍSTICA POR PROCEDIMIENTO ORDINARIO ABREVIADO EN EL AYUNTAMIENTO DE MADRID.

  1. El plazo para emitir la resolución es de dos meses desde la entrada de la documentación completa en la sede del órgano que ha de resolver.
  2. Los servicios competentes dispondrán de un plazo de diez días para examinar la solicitud presentada y la documentación aportada.
  3. Si la solicitud de licencia no reúne los requisitos exigidos o si la documentación está incompleta, se aplicará lo dispuesto en el artículo 42 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas.
  4. Iniciada la tramitación del expediente y en un plazo no superior a cinco días, se remitirá simultáneamente el proyecto técnico a los órganos municipales que deban informar la solicitud de la licencia.
  5. Las actuaciones que determina la Ley de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid en sus anexos , con las garantías que la misma establece para los distintos procedimientos medioambientales y las incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas quedarán sometidas a información pública. La iniciación de dicho trámite se efectuará en el plazo de cinco días indicados en el apartado anterior. El plazo de información pública interrumpirá el cómputo de los plazos para dictar resolución expresa
  6. Una vez completa la documentación, con los correspondientes informes, se emitirá un único informe técnico y el correspondiente jurídico que contendrá la propuesta de resolución en los términos establecidos en el artículo 45 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas.
  7. El transcurso del plazo máximo fijado para la resolución podrá interrumpirse, por una sola vez, mediante requerimiento para subsanación de deficiencias de fondo, que deberá notificarse en el mes siguiente a su presentación. El requerimiento deberá precisar las deficiencias y el plazo para su subsanación incluyendo advertencia expresa de caducidad del procedimiento por lo que en ningún caso dicho plazo será inferior a tres meses
  8. Si el interesado no contesta se procederá sin más trámite a declarar la caducidad del procedimiento, previa resolución adoptada por el órgano competente.

Recomendación

Contacta con la empresa Arquitea en su web: www.arquitea.com o al teléfono 654652585 ó 914792881

Te solucionarán todas las dudas al respecto, hablarán con los técnicos municipales y tramitarán la licencia en tu ayuntamiento en el plazo de un mes, y a unos precios bastante ajustados.

Puedes solicitar un presupuesto gratuito y sin compromiso a través del formulario de contacto de su web : www.arquitea.com/presupuesto.html



No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.